La Sala Político-Administrativa del TSJ decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por C.A., Ponche Crema, contra la Resolución del SENIAT que confirmaba ajustes en precios de transferencia. Se ordenó a la Administración Tributaria recalcular los márgenes operativos sin aplicar segmentación, considerando la totalidad de las operaciones. La sentencia confirma que la Administración Tributaria erró al aplicar la segmentación en las operaciones de exportación y en el análisis de comparabilidad de ventas al Duty Free del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar.
Extracto de la motiva
Vistos los razonamientos que anteceden, se impone a esta Sala declarar sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil C.A., Ponche Crema, contra fallo impugnado, del cual se confirma el pronunciamiento del a quo referente a que la contribuyente no logró desvirtuar el contenido del acto administrativo, relativo al análisis de comparabilidad incompleto para los ejercicios fiscales 2005-2006 y 2006-2007, por lo que la Administración Tributaria decidió en base a la información suministrada. Así se decide. Igualmente, debe esta Superioridad declarar sin lugar la apelación ejercida por el Fisco Nacional contra la sentencia definitiva número 030/2023 del 13 de agosto de 2013, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de la cual se confirman los pronunciamientos relacionados a que: i) la Administración Tributaria erró al aplicar la segmentación en las operaciones de exportación, por lo tanto deberá realizar una nueva determinación para precisar los márgenes operativos al ejercicio 2004-2005, sin tomar en cuenta la segmentación, sino la totalidad de las operaciones para el cálculo del percentil correspondiente, y iii) la Administración Tributaria erró en los ajustes efectuados, y en el análisis de comparabilidad en las ventas de exportación al Duty Free del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, para los ejercicios fiscales correspondientes a 2004-2005; 2005-2006 y 2006-2007. Así se declara. Con fundamento en los razonamientos efectuados, esta Sala declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil C.A., Ponche Crema, contra la Resolución (Sumario Administrativo) identificada con las letras y números SNAT/INTI/GRTICERC/DSA-R-2012-331 de fecha 22 de octubre de 2012, (notificada el 7 de noviembre del mismo año) emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); acto administrativo que queda firme, salvo el quantum establecido respecto a los ajustes de precios de transferencia para los períodos investigados, lo cual se anula, por lo que se ordena a la Administración Tributaria ajustar los cálculos conforme a lo expresado en el presen fallo. Así se decide.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación del Fisco Nacional y se CONFIRMA el pronunciamiento del a quo. Se ORDENA a la Administración Tributaria ajustar los cálculos conforme a lo expresado en el fallo.
Palabras clave
precios de transferenciaSENIATC.A., Ponche Cremacontencioso tributario