Sentencia N° 845 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de julio de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00845, Exp. 2012-0760, 20/07/2017
Expediente2012-0760
PonenteMarco Antonio Medina Salas
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-07-19
DecisiónDesistido Tácitamente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar desistido tácitamente el recurso de apelación interpuesto por Andrés Enrique Polanco Fernández contra la Resolución Nº 101.10 de la Superintendencia de Bancos. La apelación fue considerada sin fundamento, ya que el recurrente no presentó las razones de hecho y de derecho requeridas en el plazo establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. La decisión reafirma la firmeza de la sentencia apelada, manteniendo la sanción impuesta por la Superintendencia.

Extracto de la motiva

El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa establece la carga procesal de la parte apelante de consignar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito donde se expongan las razones de hecho y de derecho en las cuales se sustenta la apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica en el caso de la falta de fundamentación de la apelación por el o la recurrente, la declaratoria sea de oficio o a instancia de la otra parte, del desistimiento tácito de la apelación. En el caso de autos se aprecia que el 22 de mayo de 2012, se dio cuenta en Sala y se fijó un lapso de diez (10) días de despacho para fundamentar la apelación, conforme a lo establecido en el mencionado artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo, de las actas del expediente -folio 357- se aprecia el cómputo realizado por la Secretaría el 14 de junio de 2012, donde consta el transcurso de los diez (10) días de despacho para fundamentar la apelación -contados a partir de la fecha cuando se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente- sin que la representación judicial del ciudadano Andrés Enrique Polanco Fernández, hubiese consignado ante esta Sala su escrito de fundamentación de la apelación.

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, (…) declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano ANDRÉS ENRIQUE POLANCO FERNÁNDEZ, (…), contra la Resolución Nº 101.10 del 9 de abril de 2010, emanada de la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERA…”. (Sic) (Mayúsculas sostenidas y negrillas de la Corte)

Palabras clave

NulidadSuperintendencia de BancosContencioso Administrativo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca