La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de una acción de amparo constitucional interpuesta por Jesús Ramón Rangel Montes contra Snacks América Latina, S.R.L. La acción fue inadmisible en primera instancia por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región de Los Andes. La Sala, al analizar la competencia, decidió declinarla a la Sala Constitucional, dado que el caso versa sobre materia constitucional.
Extracto de la motiva
En consecuencia, por cuanto el expediente remitido a este Alto Tribunal versa sobre materia constitucional –acción de amparo autónoma-, resulta forzoso para esta Sala, conforme al criterio transcrito y lo dispuesto en la norma constitucional señalada, declinar la competencia en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de conocer la referida consulta. Así se decide.
Dispositiva
1. NO ACEPTA la competencia que fuere declinada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región de Los Andes. 2. DECLINA la competencia para conocer y decidir la presente acción de amparo constitucional en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Remítase mediante oficio, el expediente a la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal.
Palabras clave
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