DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés en un recurso de nulidad interpuesto por Eladio Rodríguez González contra una resolución del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. Se argumenta que el recurrente no ha mostrado interés en impulsar el proceso desde 2007, lo que lleva a la conclusión de que no se afecta el medio ambiente, ya que el reclamo se refiere a la defensa de su propiedad. La Sala, al considerar la falta de interés procesal, decide extinguir la acción.
Extracto de la motiva
El artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en su aparte 17 establece: 'La perención de la instancia no se podrá declarar en los procesos que comprenda materia ambiental o penal, cuando se trate de acciones dirigidas a sancionar los delitos contra los derechos humanos, o contra el patrimonio público, o contra el tráfico de estupefacientes o sustancias psicotrópicas. El incumplimiento a la presente obligación será considerado como falta grave de los Magistrados o Magistradas que integran la Sala y que declararon con lugar la perención pudiendo ser sancionados con la remoción del cargo'. Respecto al citado artículo esta Sala ha manifestado: 'La norma anteriormente transcrita establece expresamente que no se podrá declarar la perención de la instancia, entre otros supuestos, en aquellos procesos que comprenda materia ambiental. Esta previsión fue consagrada a los fines de desarrollar los postulados constitucionales contenidos en los artículos 127, 128 y 129 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los cuales se establece la obligación del Estado de proteger el medio ambiente.' En el caso de autos se evidencia que se ha interpuesto un recurso de nulidad contra la Resolución Nº RI-508 de fecha 30 de junio de 2003, emanada del MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE, mediante la cual se anuló en vía administrativa la Providencia N° 0504006 del 18 de junio de 2000 emanada de la Dirección Estadal Ambiental Barinas (que suspendió temporalmente la autorización para la construcción del terraplén) y repuso el 'procedimiento, al estado en que se le exija la constitución de una caución al ciudadano ELADIO RODRIGUEZ GONZALEZ, para decidir si se admite o no la oposición formulada en fecha 05-05-00, en contra de la autorización emitida al ciudadano LUIS ALBERTO MANTILLA NUÑEZ...' de realizar un terraplén en terrenos de la 'Agropecuaria Los Olivos'.
Dispositiva
Conforme a lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
extinciónacciónpérdida de interésmateria ambientalnulidad