Sentencia N° 842 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00842, Exp. 2006-0907, 10/06/2009
Expediente2006-0907
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-06-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la demanda de nulidad parcial interpuesta por GLOBOVISIÓN contra la Providencia Administrativa N° PADS-798, que liberó frecuencias del espectro radioeléctrico. La Sala argumenta que la caducidad de las autorizaciones otorgadas a GLOBOVISIÓN fue consecuencia del silencio administrativo negativo, ya que la empresa no cumplió con los plazos establecidos para la instalación de repetidoras. Además, se concluye que CONATEL actuó dentro de su competencia al liberar las frecuencias, y que no se demostró desviación de poder ni violación de derechos.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que la recurrente no tenía derecho sobre los canales 30 (UHF) del Estado Vargas y 44 (UHF) del Estado Monagas, ya que operó la caducidad de las autorizaciones otorgadas a GLOBOVISIÓN. Se establece que la falta de respuesta de CONATEL a las solicitudes de prórroga generó silencio administrativo negativo, lo que llevó a la caducidad de los permisos. La Sala concluye que la actuación de CONATEL fue legal y que no se incurrió en vicios de procedimiento ni en desviación de poder. Por lo tanto, se desestiman los alegatos de la parte recurrente y se declara sin lugar la demanda.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad parcial incoada por CORPOMEDIOS G.V. INVERSIONES, C.A. (GLOBOVISION), contra la Providencia Administrativa N° PADS-798, de fecha 10 de abril de 2006, dictada por el DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL) y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.417, de fecha 11 de abril de 2006, por la cual fueron liberadas y declaradas como disponibles, entre otras, las frecuencias del espectro radioeléctrico 44 (UHF) del Estado Monagas y 30 (UHF) del Estado Vargas. En consecuencia, queda firme dicha Providencia.

Palabras clave

NulidadFrecuenciasTelecomunicacionesGLOBOVISIÓNCONATEL

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