Sentencia N° 837 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de septiembre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00837, Exp. 2019-0024, 28/09/2023
Expediente2019-0024
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-09-28
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por María de los Ángeles Hernández de Alvarado y Otto Ramón Alvarado Mendoza contra el acto administrativo que negó la solicitud de experticia de identificación del cuerpo de su hijo, Otto Joaquín Alvarado Hernández, mediante prueba de ADN. La decisión se fundamentó en que el acto impugnado cumplía con los requisitos legales y no se evidenció violación a los derechos constitucionales alegados por los demandantes.

Extracto de la motiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana y ciudadano MARÍA DE LOS ÁNGELES HERNÁNDEZ DE ALVARADO y OTTO RAMÓN ALVARADO MENDOZA, asistidos por la abogada y abogado Maritza Alvarado Mendoza y Juan Pérez todos antes identificados, contra el acto administrativo contenido en el oficio distinguido con el alfanumérico 00-DDC-F63-0167-2017 del 22 de junio de 2017, suscrito por el Fiscal Provisorio Sexagésimo Tercero (63°) a Nivel Nacional del Ministerio Público con Competencia Nacional Plena en Materia de Salud y Seguridad Laboral, mediante el cual negó la solicitud experticia de identificación del cuerpo de su hijo ciudadano Otto Joaquín Alvarado Hernández, también antes identificado, mediante la prueba de A.D.N., en virtud del silencio administrativo en que incurrió el FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA al no decidir el recurso jerárquico interpuesto. 2.- FIRME el acto administrativo impugnado.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana y ciudadano MARÍA DE LOS ÁNGELES HERNÁNDEZ DE ALVARADO y OTTO RAMÓN ALVARADO MENDOZA, asistidos por la abogada y abogado Maritza Alvarado Mendoza y Juan Pérez todos antes identificados, contra el acto administrativo contenido en el oficio distinguido con el alfanumérico 00-DDC-F63-0167-2017 del 22 de junio de 2017, suscrito por el Fiscal Provisorio Sexagésimo Tercero (63°) a Nivel Nacional del Ministerio Público con Competencia Nacional Plena en Materia de Salud y Seguridad Laboral, mediante el cual negó la solicitud experticia de identificación del cuerpo de su hijo ciudadano Otto Joaquín Alvarado Hernández, también antes identificado, mediante la prueba de A.D.N., en virtud del silencio administrativo en que incurrió el FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA al no decidir el recurso jerárquico interpuesto. 2.- FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

nulidadexperticiaADNsilencio administrativoderechos constitucionales

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