Sentencia N° 834 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de diciembre de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00834, Exp. 2013-1619, 08/12/2022
Expediente2013-1619
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-12-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa Conservas Alimenticias La Gaviota, S.A. contra la resolución del SENIAT que había declarado improcedente la exoneración del impuesto sobre la renta. La decisión se fundamenta en la falta de pruebas que demuestren la actividad económica que justifique la exoneración solicitada, así como en la presunción de veracidad de los actos administrativos del SENIAT. Además, se confirma la improcedencia de la eximente de responsabilidad penal tributaria alegada por la contribuyente.

Extracto de la motiva

motivado en el que solicitó la inscripción de la empresa como beneficiaria de la Exoneración del Impuesto sobre la Renta contemplada en el referido Decreto N° 963, en virtud de tener su planta industrial ubicada en la ciudad de Cumaná, estado Sucre (…) desde el año 1948 (…)”. (Negrillas de la cita). Indicando también en la referida solicitud que “(…) la principal actividad económica de nuestra Representada era el procesamiento de trazado, corte, enlatados, esterilización y distribución a través de la venta directa a mayoristas de sardinas, pepitonas y atún (…)”. (Resaltado del texto original). Continúa relatando que “(…) en fecha 26 de julio de 2002, nuestra Representada fue notificada de la Providencia S/F identificada con las siglas y números MF-SENIAT- GRTICE-DR/2002/210, emanada de la Gerencia Regional antes mencionada, mediante la cual se acuerda su inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales bajo el No. AGRO2- 000004987-3, a efectos del disfrute de la exoneración del Impuesto sobre la Renta por ‘explotación primaria de la actividad pesquera’ para los ejercicios fiscales 2001, 2002 y 2003 con fundamento en lo dispuesto en el Decreto No. 838 de fecha 31 de mayo de 2000, publicado en G

Dispositiva

Se confirma la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT-2011-0233 de fecha 31 de marzo de 2011, emanada de la Gerencia de Recursos de la Gerencia de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Palabras clave

Contencioso TributarioExoneraciónSENIAT

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