Sentencia N° 833 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de julio de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00833, Exp. 2014-1204, 17/07/2018
Expediente2014-1204
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-07-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por Julio César Rojas Velásquez contra el acto administrativo de la Ministra del Poder Popular para la Defensa, que declaró improcedente su solicitud de anulación de una sanción disciplinaria. La Sala fundamentó su decisión en la falta de argumentos suficientes que desvirtuaran la legalidad del acto impugnado y en el cumplimiento de los procedimientos administrativos establecidos. Se destacó que el demandante había sido debidamente notificado y que las alegaciones presentadas no eran suficientes para modificar la decisión administrativa.

Extracto de la motiva

La revisión de las actas que conforman el expediente puede apreciarse que mediante “Boleta de Sanción Disciplinaria N° 0014-A” de fecha 24 de enero de 2013 le fueron impuestos al demandante diez (10) días de arresto simple, al no haber “ejercido efectivamente sus funciones como Comandante de la Unidad, transgrediendo así lo estipulado en los Artículos 54, 55, 63 y 117 del Reglamento de Servicio Interno a Bordo (…)”, y por haber cometido “una falta estipulada en el aparte 2 del artículo 116 del Reglamento de Castigos Disciplinarios Nro. 6 (…), concatenado con el literal b) del artículo 114 eiusdem”, siendo este el pronunciamiento primigenio dictado contra el mismo. En virtud de tal decisión, el accionante interpuso en fecha 25 de marzo de 2013, recurso de reconsideración ante el Comando General de la Armada Bolivariana, y al no haber recibido contestación alguna, su apoderado judicial solicitó al aludido Comando, mediante escrito del 17 de marzo de 2014, se le informara acerca del “status” de dicho recurso administrativo. En respuesta a la referida petición, el Comando General de la Armada Bolivariana, a través del Oficio Nro. 1154 de fecha 2 de abril de 2014, le informó al actor sobre el “status” de su “Recurso de Reconsideración promovido en fecha 25ABR13 (…) contra de la Sanción Disciplinaria de diez (10) días de arresto simple impuesta”, señalando al respecto que “operó lo que se conoce en derecho como el silencio administrativo expresado en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos en su artículo 4 (…) por consiguiente y en atención a lo expuesto una vez vencido el lapso de ley para dar respuesta, el administrado debió intentar el Recurso Jerárquico o en su defecto interponer el Recurso de Abstención o Carencia o agotar la vía judicial, por lo que de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, podía intentar dentro de los seis (06) meses, la respectiva acción o recurso de nulidad.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial del ciudadano JULIO CÉSAR ROJAS VELÁSQUEZ, en su condición de Capitán de Navío de la Armada Bolivariana, contra el acto administrativo contenido en la comunicación distinguida con el Nro. MPPD-DD 3030, dictado por la entonces MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, el cual queda FIRME. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

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