Sentencia N° 832 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de julio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00832, Exp. 2013-0799, 11/07/2013
Expediente2013-0799
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2013-07-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por Franklin Eduardo Botey contra Héctor Miguel Colombano Velázquez. La Sala declaró la nulidad de decisiones previas y determinó que la competencia corresponde a la Administración Pública a través de la Inspectoría del Trabajo, dado que el demandante estaba amparado por inamovilidad laboral según el Decreto Presidencial N° 8.732.

Extracto de la motiva

Con fundamento en lo establecido en el artículo 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26 numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a esta Sala Político-Administrativa, conocer las consultas de jurisdicción. Sin embargo, se observa del expediente que la apoderada judicial del demandado interpuso recurso de regulación de jurisdicción contra la decisión del 19 de diciembre de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y que dicho tribunal erróneamente ordenó la remisión de las actuaciones a un Juzgado Superior del Trabajo, siendo lo correcto remitirlas a esta Sala Político-Administrativa. Igualmente, el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, equívocamente se pronunció con relación al recurso de regulación de jurisdicción planteado, declarando en sentencia de fecha 29 de abril de 2013, la falta de jurisdicción del Poder Judicial. En vista de las anteriores consideraciones, esta Sala Político-Administrativa como juez rector del proceso, a fin de mantener la estabilidad de los juicios y el equilibrio procesal, declara la nulidad del Oficio de fecha 24 de enero de 2013, signado con el alfanumérico M1/2013/13, dictado por el Juzgado de Primera Instancia antes identificado, en el cual se ordenó la remisión del expediente a un Juzgado Superior del Trabajo, así como de la aludida decisión del 29 de abril de 2013 y de todas las actuaciones ulteriores a dicha sentencia, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en virtud de la remisión que hacen los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara.

Dispositiva

1.-La NULIDAD del Oficio de fecha 24 de enero de 2013, signado con el alfanumérico M1/2013/13, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, así como de la decisión del 29 de abril de 2013, emanada del Juzgado Superior Primero de la misma Circunscripción Judicial y de las actuaciones posteriores a dicha decisión. 2.- CON LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción incoado por la abogada Yiorli Álvarez Apostol, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR MIGUEL COLOMBANO VELÁZQUEZ. 3.- Que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por el ciudadano FRANKLIN EDUARDO BOTEY, contra el ciudadano HÉCTOR MIGUEL COLOMBANO VELÁZQUEZ. En consecuencia, se REVOCA la decisión del 19 de diciembre de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Palabras clave

jurisdiccióndespidoinamovilidad laboralregulación de jurisdicción

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