Sentencia N° 832 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de junio de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00832, Exp. 2008-1020, 29/06/2011
Expediente2008-1020
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-06-28
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, revocó parcialmente la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Inversiones Monsanto Bellorín C.A. La Sala determinó que las multas impuestas por no exhibir libros y documentos requeridos, así como por falta de retención para el período 2002, eran firmes, mientras que las multas por falta de retención para los períodos de julio, agosto y septiembre de 2001 fueron declaradas nulas. Se ordenó la liquidación de nuevas planillas de multas conforme a los términos del fallo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la controversia se circunscribe a decidir si la sentencia apelada incurrió en el vicio de falso supuesto por errónea aplicación de la Ley, denuncia vinculada con la omisión del procedimiento administrativo de fiscalización alegada por la contribuyente en su recurso contencioso tributario, y que fue declarada por el Tribunal a quo. Planteada la controversia en los términos expuestos, pasa esta Sala a decidir: Expresó la representación fiscal que el Tribunal a quo erró al considerar que las resoluciones impugnadas fueron emitidas en contradicción de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley, y que se le haya violentado a la contribuyente el derecho a la defensa. Que no se produjo violación del derecho a la defensa y al debido proceso, ya que la Administración Tributaria siguió el procedimiento de verificación previsto en el artículo 172 y siguientes del Código Orgánico Tributario de 2001 y no el de fiscalización. Por su parte, la sentencia apelada indicó que se menoscabó derechos y garantías constitucionales de la recurrente, en el procedimiento empleado por la Administración Tributaria, y que concluyó con la imposición de las multas; que el acto recurrido se encuentra en contradicción con el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que declaró su nulidad de conformidad con lo establecido en el artículo 240 ordinal 1° del Código Orgánico Tributario de 2001.

Dispositiva

1) PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el FISCO NACIONAL contra la sentencia N° 052-2008 de fecha 28 de febrero de 2008 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, la cual se REVOCA. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por Inversiones Monsanto Bellorín C.A. contra la Resolución N° GRTI/RLA/DJT/ARJ/2006-000101 de fecha 31 de marzo de 2006. En consecuencia: 2.1.) FIRMES las multas por no exhibir los libros, documentos y demás registros requeridos para el ejercicio 2002; por falta de retención para el período 2002 y por no presentar la relación anual de retenciones para los períodos enero de 2001 y 2002. 2.2.) NULAS las multas por falta de retención para los períodos julio, agosto y septiembre de 2001. La Administración Tributaria deberá liquidar nuevas planillas de multas conforme a los términos del presente fallo.

Palabras clave

procedimiento administrativofiscalizaciónverificaciónderecho a la defensaimpuesto sobre la rentasanciones tributariasCódigo Orgánico Tributario

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