Sentencia N° 831 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de septiembre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00831, Exp. 2023-0298, 28/09/2023
Expediente2023-0298
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-09-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad Distribuidora Benedetti, C.A. contra las Actas de Reparo Fiscal emitidas por la Contraloría General de la República. La sentencia revoca parcialmente la decisión anterior que había declarado procedente ciertas circunstancias atenuantes en la imposición de multas. Se condena en costas procesales a la recurrente por un monto equivalente al 5% de la cuantía del recurso.

Extracto de la motiva

motivación del presente reparo, por cuanto la mayor parte de los ingresos (...) de participaciones contraídas bien con fondos monetarios de activos líquidos o a través de Mesas de Dinero Bancarias, las cuales están referidas a su vez a títulos emitidos por entidades financieras regidas por la Ley General de Bancos y Otros Institutos de Crédito (certificados de depósito, bonos quirografarios, bono financieros, etc.) productores de intereses exonerados del impuesto sobre la renta (...)”, en virtud de lo dispuesto en el “Artículo 1° del Decreto N° 900 del 12 de diciembre de 1980” publicado en la Gaceta Oficial Nro. 32.132 de fecha 15 de diciembre de 1980. Por otra parte, en cuanto al “(...) Rechazo de la Deducción de Pago de Honorarios Profesionales a L.H Benedetti e Hijos (...)”, por la cantidad de “Bs. 2.000.000,00”, sostuvieron que “(...) L.H Benedetti e Hijos ha prestado distintos servicios a [su] representada por ser ella la empresa que originalmente tuvo las relaciones con los proveedores del exterior y sobre todo porque estos últimos han exigido a L.H Benedetti e Hijos la intermediación en las relaciones con la Distribuidora Benedetti C.A (...)”. (Agregado de esta Sala).

Dispositiva

Se declara sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA BENEDETTI, C.A. contra las Actas de Reparo Fiscal Nros. DGAC-4-3-2-011, DGAC-4-3-2-012, DGAC-4-3-2-013, y DGAC-4-3-2-014, todas de fecha 04 de abril de 1990, por la Dirección de Fiscalización y Examen de Ingresos de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, que determinaron a cargo de la contribuyente la obligación de pagar las cantidades de Bs. 5.724.420,90, Bs. 9.074.812,82, Bs. 30.306.986,49, y Bs. 31.147.646,55, respectivamente, por haber causado una disminución ilegítima en materia de impuesto sobre la renta.

Palabras clave

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