Sentencia N° 831 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de mayo de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00831, Exp. 2006-1035, 31/05/2007
Expediente2006-1035
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-05-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia en relación a la solicitud de suspensión de efectos de un acto administrativo interpuesta por la sociedad mercantil SUPER LÍDER LOS TEQUES, C.A. La solicitud se fundamentó en el silencio administrativo producido ante un recurso jerárquico. La Sala consideró que la suspensión de efectos es una medida preventiva que busca evitar lesiones irreparables, pero en este caso, la solicitud carecía de objeto debido a la extinción de la causa principal. Por lo tanto, se declaró el decaimiento de la solicitud.

Extracto de la motiva

Es criterio reiterado de este Alto Tribunal, que la suspensión de efectos de los actos administrativos a que se refiere el aparte 21 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela (antes artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia), constituye una medida preventiva establecida por nuestro ordenamiento jurídico, con la cual, haciendo excepción al principio de ejecutoriedad del acto administrativo, consecuencia de la presunción de legalidad, se procura evitar lesiones irreparables o de difícil reparación al ejecutarse una eventual decisión anulatoria del acto, porque ello podría constituir un atentado a la garantía del derecho fundamental de acceso a la justicia y al debido proceso. De allí, el carácter subsidiario de la suspensión de efectos y por ende, su indefectible vinculación a la causa principal, cuya terminación conlleva consecuencialmente a la extinción de la protección cautelar eventualmente acordada, por cuanto se pierde su objeto preventivo. Al respecto se observa que esta Sala, en sentencia Nº 02479 publicada el 9 de noviembre de 2006, homologó el desistimiento planteado por la representación judicial de la parte actora, dando así por terminado el procedimiento y por tanto, dejando sin objeto la pretensión cautelar.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO de la solicitud de suspensión de efectos del acto recurrido, interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil SUPER LÍDER LOS TEQUES, C.A. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia certificada de la presente decisión a la pieza principal. Archívese el cuaderno separado. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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