La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada María del Carmen La Riva Ron de Quintana, contra el auto del Juzgado de Sustanciación que declaró inadmisible su recurso de nulidad. La decisión se basa en que la acción fue presentada fuera del lapso de treinta días continuos establecido por la ley, tras la notificación de los actos administrativos impugnados. La Sala confirma la inadmisibilidad del recurso por caducidad.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la abogada MARÍA DEL CARMEN LA RIVA RON DE QUINTANA, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de marzo de 2009, en el que se declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesto. En consecuencia, SE CONFIRMA el referido auto.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la abogada MARÍA DEL CARMEN LA RIVA RON DE QUINTANA, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de marzo de 2009, en el que se declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesto. En consecuencia, SE CONFIRMA el referido auto.