Sentencia N° 83 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de febrero de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00083, Exp. 2024-0451, 18/02/2025
Expediente2024-0451
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-02-18
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por DISTRIBUIDORA CAÑO LINDO, C.A. contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo del SENIAT. Se confirma la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, pero se anula el quantum de las sanciones impuestas. La Sala también establece que no procede la condenatoria en costas procesales a las partes.

Extracto de la motiva

MOTIVADA POR EL [vicio de] FALSO SUPUESTO (…)”. (Añadidos de esta Sala). Alegaron, que “(…) La Administración Tributaria incurre en una serie de discrepancias al momento de aplicar el contenido del artículo 92 del COT que va a concluir en errónea liquidación de la cuantía de las sanciones por los ilícitos materiales señalados, todo esto a causa de una distorsionada apreciación de los hechos y de derecho (…)”. (Sic). Sostuvo que “(…) la Resolución aquí recurrida en su folio 21plasma en un cuadro todos los valores de la moneda de mayor valor que se cotiza en el Banco Central de Venezuela (Euro) para los periodos sujetos a la investigación, es decir, desde octubre de 2020 hasta agosto de 2020, ambos meses inclusive, para después, tomar los valores a en especifico al período investigado (…)”. Que “(…) la irregularidad se manifiesta cuando la Administración tributaria en aras de la aplicación del articulo92 ejusdem y en concreto al aspecto de que las sanciones establecidas en términos porcentuales ‘….se convertirán al equivalente al tipo de cambio oficial de la moneda de maro valor, publicada por el Banco Central de Venezuela que corresponda AL MOMENTO DE LA COMISIÓN DEL ILICITO…’ la fiscalización empleado el tipo de cambio de la Moneda de Mayor valor (MMV) vigente para el período de la primera quincena de octubre de 2020,es decir, Bs. 0,.54366609m, para llegar a la sanción para la fecha de la comisión del ilícito’ de 1.048,12 Euros, tal [como] se evidencia en el cuadro plasmados en la página 22 de la Resolución en comento (…)”: (Destacados de l

Dispositiva

Se confirma la sentencia definitiva número 026/24 de fecha 30 de abril de 2024, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, salvo el quantum de las sanciones que se anula. No procede la condenatoria en costas procesales.

Palabras clave

Contencioso TributarioSENIATDISTRIBUIDORA CAÑO LINDO, C.A.SancionesRecursos

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