La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible por caducidad la demanda de nulidad interpuesta por Ana Cecilia García González, representada por su abogado José Luís Verhelst Russo, contra una resolución del Contralor General de la República. La decisión se basa en que la demanda fue presentada fuera del lapso de seis meses establecido por la ley, tras la notificación del acto administrativo impugnado.
Extracto de la motiva
En tal sentido, la Sala reiterando su jurisprudencia (vid., entre otras, sentencias Nros. 621, 227, 1847 y 1301 de fechas 10 de junio de 2004, 8 de febrero de 2006, 14 de noviembre de 2007 y 23 de octubre de 2008, respectivamente), cónsona con el criterio establecido al respecto por la Sala Constitucional (vid., sentencia de la Sala Constitucional Nro. 463 del 1° de octubre de 2021), destaca que el instituto de la aclaratoria, rectificación o ampliación de las sentencias tiene por objeto, principalmente, lograr la determinación precisa del alcance del dispositivo de la decisión, orientado a su correcta ejecución, por lo que debe acotarse que el pronunciamiento del juez al respecto "no puede modificar la decisión de fondo emitida, ni puede implicar un nuevo examen de los planteamientos de una u otra parte". Es sencillamente, un mecanismo que permite determinar la voluntad del órgano judicial que dictó la decisión, a fin de su correcta comprensión y ejecución. En virtud de lo anterior, al apreciarse que las alegaciones del solicitante no están dirigidas a obtener una aclaratoria o ampliación de un punto dudoso que pudiera presentar la sentencia, sino que más bien pretende impugnarla, a los fines de que se modifique su dispositivo, lo cual quebrantaría el principio de la cosa juzgada y lo disp...
Dispositiva
1.- INADMISIBLE POR CADUCIDAD la demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida preventiva de suspensión de efectos, interpuesta por el abogado José Luís Verhelst Russo, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA CECILIA GARCÍA GONZÁLEZ, contra la Resolución Nro. 01-00-000269 de fecha 31 de agosto de 2021, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, que declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por la accionante y, en consecuencia, confirmó la Resolución Nro. 01-00-000726 del 4 de diciembre de 2017, a través de la cual se le impuso la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de tres (3) años.