Sentencia N° 827 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de junio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 00827, Exp. 2003-0460, 11/06/2003
Expediente2003-0460
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2003-06-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia acepta la competencia para conocer de la demanda por cumplimiento de contrato de obra interpuesta por el abogado Argenis Rafael Pérez en representación de José Joaquín Luzardo Lozano contra la Alcaldía del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes. La decisión se basa en la naturaleza administrativa del contrato, dado que una de las partes es un ente público y el objeto del contrato tiene finalidad de interés público.

Extracto de la motiva

En el presente caso se observa que se encuentran satisfechas las referidas características esenciales de los contratos administrativos. En efecto, una de las partes es un ente público como lo es la Alcaldía del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes; a través del mencionado contrato la contratista se comprometió a construir el 'galpón industrial para la instalación de centro de procesamiento y despulpado de frutas tropicales en la ciudad de San Carlos, Estado Cojedes. Segunda Etapa', de lo que se infiere la finalidad de interés público del mismo; y también se encuentran presentes ciertas prerrogativas a favor del ente contratante; por tanto, la competencia para conocer del mismo corresponde a esta Sala Político-Administrativa de conformidad con lo establecido en el ordinal 14 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. Así se declara.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA la competencia para conocer y decidir el presente caso. Se ordena remitir la presente causa al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que se notifique a las partes para que la demandada de contestación a la demanda. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

competenciacontrato administrativodemandainterés públicoentidad públicaobraCojedesLey Orgánica de la Corte Suprema de Justicia

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