Sentencia N° 826 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00826, Exp. 2001-0229, 04/06/2009
Expediente2001-0229
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-06-03
DecisiónORDENA notificar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordena la notificación al Síndico Procurador Municipal del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, así como al Alcalde y al Presidente del Concejo Municipal, para que informen sobre el cumplimiento de una sentencia anterior. Esta decisión se basa en la falta de constancia de cumplimiento del mandato de incluir una partida en el presupuesto correspondiente al año 2009, tal como se había ordenado en una sentencia previa. La Sala establece un plazo de diez días para que se presente la información requerida.

Extracto de la motiva

Según se desprende de la diligencia consignada en fecha 15 de abril de 2009, por la apoderada judicial de la parte actora, así como de la revisión efectuada al expediente, en la cual pudo constatarse la notificación de las partes, se advierte que no existe constancia en autos de que el Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, haya dado cumplimiento al fallo dictado por esta Sala publicado el 06 de noviembre de 2008, bajo el N° 01401, en virtud del cual se le ordenó incluir en el presupuesto correspondiente al año 2009, una partida por la cantidad de setenta y cinco millones trescientos treinta y un mil ciento ochenta y dos bolívares con veintidós céntimos (Bs. 75.331.182,22), hoy expresados en la cantidad de setenta y cinco mil trescientos treinta y un bolívares con dieciocho céntimos (Bs. 75.331,18), no imputable a programas y siempre que no exceda del 5% de los ingresos ordinarios del presupuesto anual del Municipio, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia N° 01748 publicada el 11 de julio de 2006. Ahora bien, la Sala a fin de continuar con el procedimiento de ejecución forzosa, considera pertinente en el presente caso, ordenar la notificación del Síndico Procurador Municipal del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, al Alcalde y al Presidente del Concejo Municipal de dicho ente territorial, a fin de que informen a este órgano jurisdiccional en el lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, si se dio cumplimiento al mandato de esta Sala de fecha 06 de noviembre de 2008. Transcurrido el lapso señalado, se procederá a decidir lo conducente con los elementos cursantes en autos.

Dispositiva

ORDENA notificar al Síndico Procurador Municipal del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, al Alcalde y al Presidente del Concejo Municipal de dicho ente territorial, a fin de que informen a esta Sala, en el lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, si se dio cumplimiento al mandato de esta Sala publicado en fecha 06 de noviembre de 2008. Notifíquese de la presente decisión a la Procuradora General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto N° 6.286 con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

notificacióncumplimientosentenciaejecución forzosa

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