Sentencia N° 825 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de julio de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00825, Exp. 2008-0951, 19/07/2017
Expediente2008-0951
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-07-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la demanda interpuesta por el Consorcio Cozamarca y Asociados contra el Estado Táchira, ordenando el pago de cinco millones setecientos ochenta mil ciento noventa y seis bolívares con tres céntimos por concepto de saldo de capital adeudado por la ejecución de obras. Además, se ordena el pago de intereses moratorios desde el 23 de julio de 2007 hasta la publicación de la sentencia y la indexación del monto adeudado desde el 18 de diciembre de 2008 hasta la fecha de la decisión. La Sala aclara que no procede la condenatoria en costas debido a la naturaleza del demandado.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el Ejecutivo del Estado Táchira debía proceder al pago del remanente adeudado que asciende a la cantidad de cinco millones setecientos ochenta mil ciento noventa y seis bolívares con tres céntimos (Bs. 5.780.196,03). Se establece que la obligación de pago se deriva de la 'Valuación Única' presentada por el Consorcio, la cual fue aprobada por el ente contratante al no haber sido devuelta ni objetada. Asimismo, se reconoce la existencia de la deuda a través de informes de la Contraloría del Estado Táchira y del Consejo Legislativo, que instan al Gobernador a atender el reclamo del Consorcio. En consecuencia, se ordena el pago del capital adeudado, así como los intereses moratorios y la indexación correspondiente.

Dispositiva

Se CONDENA al Estado Táchira a pagar al Consorcio demandante la cantidad de cinco millones setecientos ochenta mil ciento noventa y seis bolívares con tres céntimos (Bs. 5.780.196,03), por concepto del saldo del capital adeudado con ocasión de los trabajos realizados en ejecución de los Contratos de Obra Nros. ODCA-03-2006 de fecha 8 de agosto de 2006 y ODCA-14-2007 del 27 de abril de 2007. Se ORDENA el pago de los intereses moratorios sobre la suma expresada desde el 23 de julio de 2007 hasta la publicación de este fallo. Se ACUERDA la indexación de la cantidad de dinero correspondiente al capital desde el 18 de diciembre de 2008 hasta la fecha de publicación de esta decisión.

Palabras clave

cumplimiento de contratoEstado TáchiraConsorcio Cozamarcaintereses moratoriosindexación

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