La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordena al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) la remisión del expediente administrativo relacionado con el proceso en un plazo determinado. Se destaca la importancia de garantizar una tutela judicial efectiva y se menciona la falta de remisión del expediente solicitado en ocasiones anteriores. La decisión busca asegurar que las partes tengan la oportunidad de exponer lo que consideren pertinente en el proceso.
Extracto de la motiva
Sin embargo, de la revisión de las actas procesales se advierte que aún cuando esta Sala Político-Administrativa mediante Auto Para Mejor Proveer signado con el alfanumérico AMP-103 del 3 de julio de 2013, y en la sentencia Nro. 00082 de fecha 11 de abril de 2024, solicitó a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), enviase en original o en copias certificadas y debidamente foliado el expediente administrativo relacionado con el presente proceso, el mismo no fue remitido. Por lo que, con miras a garantizar una tutela judicial efectiva y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual el Juez podrá “(…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes”, esta Alzada considera necesario ratificar la sentencia Nro. 00082 de fecha 11 de abril de 2024, dictada por esta Sala, por lo que resuelve solicitar a la referida Gerencia se sirva del órgano fiscal la remisión en original o en copia certificada del expediente administrativo debidamente foliado, contentivo de la resolución objetada y de los actos que le precedieron, con especial énfasis en lo siguiente: i) al Jefe de la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la remisión del “Expediente de Compensación N° J-000384118/854/2006”, debidamente foliado y la remisión del “Expediente de Compensación N° J-000384118/854/2006”, debidamente foliado y ii) al Jefe de la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del indicado Servicio Nacional, el envío de los expedientes administrativos relacionados con las solicitudes de “reintegro”.
Dispositiva
ORDENA oficiar a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de que remita en original o en copias certificadas y debidamente foliado el expediente administrativo relacionado con el presente proceso, en un lapso de cuatro (4) días continuos como término de la distancia más diez (10) días de despacho contados a partir de la fecha en que conste en autos la última de las notificaciones practicadas.