Sentencia N° 823 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00823, Exp. 2009-0330, 04/06/2009
Expediente2009-0330
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2009-06-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) contra una sentencia que declinó la competencia para conocer de una demanda de desalojo. La Sala determinó su competencia y revocó la decisión del juzgado inferior, estableciendo que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte conocer y decidir la demanda interpuesta por el I.V.S.S. La decisión se fundamenta en la naturaleza administrativa del contrato de arrendamiento y en la necesidad de garantizar el interés público.

Extracto de la motiva

La Sala establece que la regulación de competencia es procedente, dado que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) es un ente público y la acción se refiere a la resolución de un contrato administrativo. Se resalta que el contrato tiene como finalidad la prestación de un servicio público y que la cuantía de la demanda no excede los límites establecidos por la ley. La Sala concluye que el juzgado declinante no tiene competencia para conocer de la causa, por lo que se revoca la decisión y se ordena el conocimiento del caso por el juzgado correspondiente.

Dispositiva

1.- Su COMPETENCIA para conocer la regulación de competencia solicitada. 2.- CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia formulada por la representación judicial del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.) contra la sentencia dictada el 5 de febrero de 2009 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, la cual se REVOCA. 3.- Que corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE la competencia para conocer y decidir la demanda intentada por la representación judicial del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.) contra la ciudadana CONCEICAO GARCÉS PITA DE DA SILVA. En consecuencia, se ORDENA remitir el expediente al mencionado tribunal a fin de que conozca y decida la acción incoada.

Palabras clave

regulación de competenciadesalojocontrato administrativoI.V.S.S.interés público

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