La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción en una demanda de resolución de contrato interpuesta por Ana Lisbel De Abreu Chávez contra Su Mayor Venezuela, C.A. El tribunal de origen había declarado con lugar la cuestión previa de falta de jurisdicción, argumentando que existía una cláusula compromisoria que obligaba a las partes a resolver sus controversias mediante arbitraje. La Sala confirmó esta decisión, señalando que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer del caso debido a la existencia de dicha cláusula.
Extracto de la motiva
motivado y será objeto de la presentación previa prevista en el Reglamento…’. (…) En el caso bajo estudio, se verifica que las partes en contrato del cual solicitan la resolución, establecieron una cláusula de arbitraje, mediante un acuerdo independiente indicando que cualquier controversia que pudiera surgir, será decidido única y exclusivamente por árbitros excluyente de la jurisdicción ordinaria, IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 11 mediante la aplicación de conciliación y arbitraje del CEDCA (Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje). Así las cosas, se constata que las partes de común acuerdo
Dispositiva
Se CONFIRMA la decisión objeto de consulta, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 2 de julio de 2025.