La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil IMAGEN PUBLICIDAD, C.A. contra la Resolución Nº 004 del 04 de junio de 1997, emitida por el entonces Ministro de Transporte y Comunicaciones, que declaró la nulidad del contrato de concesión celebrado con la recurrente. La Sala consideró que la resolución ministerial vulneró derechos constitucionales fundamentales de la actora, como el debido proceso y la defensa, al no permitirle comparecer en el procedimiento administrativo que culminó con la nulidad del contrato.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la Resolución Nº 004, de fecha 04 de junio de 1997, fue emitida sin la debida notificación a la parte actora, lo que impidió su defensa en el proceso administrativo. Se argumenta que la falta de notificación constituye una violación al derecho al debido proceso, ya que la parte actora no tuvo la oportunidad de presentar sus alegatos y pruebas. Además, se destaca que la resolución ministerial alegó que el contrato fue suscrito por un funcionario sin facultades, lo que también se cuestiona en el contexto de la acción de amparo. La Sala concluye que la acción de amparo es procedente, dado que se han alegado violaciones a derechos fundamentales que requieren protección inmediata.
Dispositiva
1.- ADMITE cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil IMAGEN PUBLICIDAD, C.A., contra la Resolución Nº 004 de fecha 04 de junio de 1997, emanada del entonces MINISTRO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, hoy MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA. 2.- Declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional ejercida conjuntamente con el recurso de nulidad a que se refieren estas actuaciones. 3.- ORDENA pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que examine lo atinente a la caducidad de la acción y al agotamiento previo de la vía administrativa, y de ser procedente continúe la sustanciación del caso; ordenando la apertura de cuaderno separado, a los fines de proveer sobre la medida cautelar innominada solicitada.
Palabras clave
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