Sentencia N° 813 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de septiembre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00813, Exp. 2018-0406, 21/09/2023
Expediente2018-0406
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-09-21
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la extensión de la medida cautelar de suspensión de efectos a favor del Banco Nacional de Crédito, C.A., en relación con varios decretos y resoluciones emitidos por alcaldías que establecen un sistema de retención al crédito bancario. La decisión se fundamenta en la existencia de un interés jurídico actual y la similitud de la situación jurídica del Banco Nacional de Crédito con la del Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, que había solicitado previamente la nulidad de los mismos actos administrativos.

Extracto de la motiva

Al respecto, se aprecia que la presente controversia se origina por la creación e implantación del “Sistema de Retención al Crédito Bancario (SIRCREB)” del impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar, mediante el cual los Municipios recurridos pretenden imponer a las entidades bancarias ubicadas en sus jurisdicciones, la obligación de convertirse en “agentes de retención” del referido tributo, a los fines de verificar los ingresos brutos que los contribuyentes perciban a través de los “puntos de venta” y retener el pago que corresponda de acuerdo a lo que establezca la respectiva Ordenanza. Siendo así, como se indicó en líneas precedentes, el Juzgado de Sustanciación de esta Sala, mediante sentencia número 581 del 4 de diciembre de 2018, “(…) admite cuanto ha lugar en derecho la intervención adhesiva litisconsorcial propuesta en el presente juicio por la sociedad mercantil Banesco Banco Universal C.A. -al pretender coadyuvar en la causa al accionante, Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal- y ampliar incluso la pretensión inicial de nulidad, por no ser contraria a la ley, a las buenas costumbres o al orden público, así como por satisfacer las exigencias legales para su admisión (…)”. En este sentido, surge evidente que la sociedad mercantil Banco Nacional de Crédito, C.A., Banco Universal, se encuentra en la misma situación jurídica que el Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal frente a los Municipios de los cuales emanaron los actos cuestionados, y que se admitió su intervención adhesiva litisconsorcial en la causa principal. Por consiguiente, al encontrarse los mencionados actos en similares características, esta Sala declara procedente la extensión de los efectos de la sentencia número 00994 del 10 de agosto de 2018, que declaró procedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada con la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la sociedad de comercio Banco de Venezuela, S.A., Banco Universal, a favor de la sociedad mercantil Banco Nacional de Crédito, C.A., Banco Universal, la cual se extiende a todos aquellos actos administrativos que se encuentren en una situación jurídica similar y que tengan su origen en la creación e implantación por parte de los entes locales exactores del “Sistema de Retención al Crédito Bancario (SIRCREB)” del impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar. Así se declara.

Dispositiva

Se declara PROCEDENTE la extensión de los efectos, a favor de la sociedad mercantil BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, de la medida cautelar de suspensión de efectos decretada en el fallo número 00944 del 10 de agosto de 2018.

Palabras clave

medida cautelarsuspensión de efectosBanco Nacional de CréditoSistema de Retención al Crédito Bancario

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