Sentencia N° 81 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de febrero de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00081, Exp. 2011-0328, 06/02/2013
Expediente2011-0328
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-02-05
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la medida cautelar solicitada por varias sociedades mercantiles en relación con un decreto de expropiación. La Sala declaró improcedente la medida cautelar, argumentando que no se demostró la violación del derecho a la propiedad y que la expropiación se realizó en cumplimiento de una obra de interés social. Se destacó que la expropiación se basa en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, que establece la utilidad pública de los bienes necesarios para la producción y comercialización de lubricantes.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el poder cautelar debe ejercerse con sujeción estricta a las disposiciones legales que lo confieren, y por ello la providencia cautelar solo se concede cuando existan en autos, medios de prueba que constituyan presunción grave de la existencia del riesgo manifiesto de quedar ilusoria la ejecución del fallo, así como del derecho que se reclama y en el caso de las medidas innominadas, que exista el temor fundado de que una de las partes pudiera causarle lesiones graves o de difícil reparación al derecho de la otra. En el presente caso, no se demostró el requisito del fumus boni iuris toda vez que preliminarmente no se advierte la violación del derecho a la propiedad consagrado en el artículo 115 de la Carta Magna, debiendo resaltarse que la expropiación acordada en el decreto impugnado se realizó en prosecución de la obra 'Soberanía en la Elaboración y Suministro de Bases Lubricantes, Lubricantes Terminados, Aceites Dieléctricos, Grasas y Liga para Frenos'. Así se decide.

Dispositiva

IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por las sociedades mercantiles INDUSTRIAS VENOCO, C.A., LUBRICANTES VENOCO INTERNACIONAL, C.A., ADITIVOS ORINOCO DE VENEZUELA ADINOVEN, C.A., SERVICIOS TÉCNICOS ADMINISTRATIVOS VENOCO C.A., C.A., NACIONAL DE GRASAS LUBRICANTES (CANGL) y VENOSOLQUIM C.A.

Palabras clave

expropiaciónmedida cautelarutilidad pública

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