La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado entre varios tribunales en relación a un recurso de nulidad interpuesto por la Contralora General del Estado Amazonas. La Sala determinó su competencia para conocer del caso y declaró que corresponde a la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Contencioso Administrativo del Estado Amazonas decidir sobre el recurso de nulidad. La decisión se fundamenta en la falta de un tribunal superior común a los involucrados en el conflicto.
Extracto de la motiva
Es criterio de este Máximo Tribunal que corresponde a los Órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa particularmente en primera instancia, a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, el conocimiento de los recursos de nulidad interpuestos contra los actos dictados por las Inspectorías del Trabajo, razón por la cual esta Sala, observa que, se ha ejercido un recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana FRANYA JOSEFINA RODRÍGUEZ, asistida por la abogada Yalenne Clarixol Fereira Torres, actuando la primera en su condición de Contralora General del Estado Amazonas, contra la Providencia Administrativa contenida en el auto dictado en fecha 18 de julio de 2001 por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO AMAZONAS, por medio de la cual se negó la autorización para despedir por causa justificada al ciudadano Ángel Ramón Blanco, todos anteriormente identificados; siendo procedente declarar competente para conocer del presente caso a la CORTE DE APELACIONES EN LO PENAL, CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO, MENORES Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
Dispositiva
1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo planteado en el presente caso. 2. Que corresponde a la CORTE DE APELACIONES EN LO PENAL, CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO, MENORES Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana FRANYA JOSEFINA RODRÍGUEZ, asistida por la abogada Yalenne Clarixol Fereira Torres, actuando la primera en su condición de Contralora General del Estado Amazonas, contra la Providencia Administrativa contenida en el auto dictado en fecha 18 de julio de 2001 por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO AMAZONAS, por medio de la cual se negó la autorización para despedir por causa justificada al ciudadano Ángel Ramón Blanco, todos anteriormente identificados. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado declarado competente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
conflicto de competenciarecurso de nulidadInspectoría del TrabajoCorte de ApelacionesEstado Amazonasjurisdicción contencioso-administrativaautorización de despido