Sentencia N° 807 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de agosto de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00807, Exp. 2009-0948, 04/08/2010
Expediente2009-0948
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-08-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 2009-01075, declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Walfredo Rafael Torres Pacheco contra un acto administrativo de la C.A. Metro de Caracas. El recurrente alegó la inexistencia de un Manual de Procedimientos que determinara sus funciones como Jefe de la Oficina de Aduanas, argumentando que esto comprometía la responsabilidad administrativa de las máximas autoridades de la empresa. Sin embargo, la Sala concluyó que, aunque no existían manuales, el recurrente conocía sus funciones y, por lo tanto, no podía eximirse de su responsabilidad.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir pasa a formular las siguientes consideraciones: 1.- Del vicio de omisión de pronunciamiento: Indicó el apoderado judicial del recurrente que la sentencia apelada nada dijo sobre lo que alegó en su escrito de informes, relacionado con la violación del régimen de agentes aduanales establecido en los artículos 35 y 36 de la Ley Orgánica de Aduanas y 130, 132, 134 y 136 de su Reglamento. Ahora bien, el marco normativo que rige al proceso prescribe que toda instancia judicial concluya con un pronunciamiento razonado que ofrezca a las partes intervinientes en juicio una solución efectiva a sus controversias, aplicando para ello, sobre el debate suscitado, las reglas de Derecho preexistentes que se adecuen al caso y que en definitiva propendan al cumplimiento del deber de dictar decisiones realizadoras de la justicia. De este modo, es exigencia de ley y así lo ha manifestado la jurisprudencia de esta Sala, que todo fallo debe contener una decisión expresa, positiva y precisa, tomada con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, y que en ningún caso sirva para absolver la instancia, ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 5° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano WALFREDO RAFAEL TORRES PACHECO, contra la sentencia N° 2009-01075 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y publicada en fecha 17 de junio de 2009. En consecuencia, se CONFIRMA en los términos expuestos la referida decisión.

Palabras clave

nulidadresponsabilidad administrativaC.A. Metro de Caracasrecurso contencioso administrativo

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