La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil DISTRILAGO C.A. contra la Providencia Administrativa N° DNPA/DS/00046/2015, que impuso una multa y decretó comiso de productos. La Sala declaró su incompetencia para conocer del asunto, argumentando que la demanda no emanaba de un órgano competente según la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En consecuencia, declinó la competencia a las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo.
Dispositiva
1.- Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo constitucional y medida cautelar de suspensión de efectos contra la Providencia Administrativa N° DNPA/DS/00046/2015 del 28 de enero de 2015, emanada del SUPERINTENDENTE NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE). 2.- DECLINA EN LAS CORTES PRIMERA Y SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, la competencia para conocer y decidir la demanda interpuesta. Publíquese, regístrese y notifíquese al accionante. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.