La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda de daños y perjuicios interpuesta por un grupo de ciudadanos contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) por incumplimiento en el pago de prestaciones sociales. La Sala determinó que los demandantes efectivamente trabajaron para el IVSS y que hubo retardo en el pago de sus prestaciones, lo que generó la obligación de pagar intereses moratorios a ciertos accionantes. Sin embargo, se declaró improcedente el monto reclamado por daños y perjuicios, así como la solicitud de ajuste de salarios conforme a un decreto de aumento de sueldos.
Extracto de la motiva
El caso que corresponde resolver a la Sala en esta oportunidad, se contrae principalmente a determinar la procedencia o no del pago de una indemnización reclam... (omissis)
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos mencionados al inicio del presente fallo, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.). Por consiguiente: 1.- Se declara que los accionantes trabajaron al servicio del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales hasta la fecha en que a cada uno de ellos les fue aceptada la renuncia o, en su defecto, hasta la fecha reflejada en la correspondiente Planilla de Liquidación de Prestaciones Sociales, emitida por dicho ente. 2.- Se declara IMPROCEDENTE el pago de la cantidad de ochocientos veintiséis millones ciento ochenta y siete mil seiscientos veintiocho bolívares (Bs. 826.187.628,oo), reclamada por la parte actora, por considerar que se le ocasionaron daños y perjuicios en virtud del incumplimiento en el pago de las Prestaciones Sociales de los accionantes. 3.- Se declara IMPROCEDENTE el pago de las Prestaciones Sociales de los accionantes, con base en las escalas de sueldos aprobadas mediante el Decreto No. 3.245 de fecha 12 de noviembre de 1993, emanado del Presidente de la República en Consejo de Ministros, publicado en Gaceta Oficial No. 35.368 de fecha 23 de diciembre de 1993. 4.- Se declara que la parte demandada incurrió en el retardo en el pago de las Prestaciones Sociales de los ciudadanos Andrés Chacón Paraguatey, Juanita Segovia, Maura Rosa Mancera Farfán, Luis Armando Peraza, Guillermo Salcedo, Beatriz Catalina Acevedo, Albino Ramón Montoya Morales, Paula Eloísa Cordero, Marcela Beatriz Duarte, Ernesto José Echenique, Rafael Antonio Torres Sánchez y Mirna Adelaida González González. 5.- Como consecuencia de lo anterior, se ordena el pago de los intereses moratorios generados por la demora en el pago de las Prestaciones Sociales de los ciudadanos antes señalados. Estos intereses se computarán desde y hasta las fechas que se indican a continuación para cada uno de los accionantes a quienes les fue acordado el pago del concepto en cuestión: ...
Palabras clave
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