Sentencia N° 803 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00803, Exp. 2008-0801, 04/06/2009
Expediente2008-0801
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-06-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario, que había declarado sin lugar la oposición al amparo cautelar otorgado a Abbott Laboratories, C.A. La controversia se centró en la omisión de pronunciamiento y la falta de aplicación de normas procesales por parte del tribunal de instancia. La Sala revocó la decisión apelada, ordenando al tribunal de origen que emitiera un nuevo pronunciamiento sobre las pruebas presentadas por el Fisco Nacional, incluyendo la traducción de documentos en idioma extranjero.

Extracto de la motiva

Vistos los términos en que fue dictada la decisión apelada, las alegaciones invocadas en su contra por la representación judicial del Fisco Nacional, así como las defensas esgrimidas por la sociedad mercantil Abbott Laboratories, C.A., observa esta Sala que la controversia planteada en autos se circunscribe a resolver respecto de la presuntas: a) omisión de pronunciamiento por silencio de prueba; b) falta de aplicación del artículo 185 del Código de Procedimiento Civil, y c) incongruencia positiva, cometidas por el sentenciador de instancia al declarar sin lugar la oposición formulada por la representación fiscal al amparo cautelar acordado por éste en fecha 01 de abril de 2008. Sin embargo, debe esta alzada previamente hacer la salvedad que si bien el conocimiento de las denuncias invocadas por la parte apelante obedece más a la técnica de formalización del recurso extraordinario de casación, el cual escapa del discernimiento de esta Sala, este Alto Tribunal pasará a pronunciarse sobre la presente apelación en incidencia cautelar de amparo, de conformidad con la siguiente motivación: El apoderado judicial del Fisco Nacional alega que el fallo dictado por el Tribunal de instancia incurre en omisión de pronunciamiento al silenciar toda consideración en torno a las pruebas promovidas por la representación fiscal en la oposición al amparo cautelar decretado por éste, al considerar por una parte, que el Oficio de Consulta de Clasificación Arancelaria N° INA-100-2005-00488 del 30 de mayo de 2005, fue traído a los autos en copia simple y, por otra, que la Resolución o Acuerdo N° 42.411 del 04 de junio de 1998, emitida por la Organización Mundial de Aduanas, al ser presentado en idioma extranjero no podía ser valorada en la referida incidencia.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentes, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el FISCO NACIONAL, contra la sentencia interlocutoria N° 44/2008 dictada el 18 de abril de 2008, por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. En consecuencia, se ORDENA al Tribunal a quo emitir su decisión en torno a la oposición formulada por el Fisco Nacional, de conformidad con los términos expuestos en la presente decisión. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo cautelarclasificación arancelariaFisco NacionalAbbott Laboratories

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