La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró que el Poder Judicial Venezolano no tiene jurisdicción para conocer de la demanda de divorcio por desafecto presentada por Franklin Tomás Navarro Reyes contra Ana Karina Makarem Peña. La decisión se fundamenta en que ambos cónyuges se encuentran domiciliados en el Reino de España, lo que implica que la legislación española es la aplicable en este caso. La Sala confirma la sentencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia que había elevado la consulta sobre la falta de jurisdicción.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en la presente consulta de Jurisdicción, de conformidad con la competencia atribuida en las disposiciones previstas en los artículos 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 26 numeral 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil. Punto Previo En el presente caso la Sala advierte que en fecha 16 de marzo de 2023, durante la audiencia única, la parte accionada alegó la falta de jurisdicción del Poder Judicial Venezolano (folio 29 del expediente) y pidió se desestimara la solicitud de divorcio. En esa misma oportunidad, la representación del Ministerio Público solicitó al tribunal “pronunciamiento en cuanto al conflicto de (...) Jurisdicción”. (Sic). Ante tales planteamientos en dicha acta se estableció que se procedería a dictar decisión por separado sobre el presente asunto.
Dispositiva
1.- QUE EL PODER JUDICIAL VENEZOLANO NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por “divorcio por desafecto” con solicitud de establecimiento de instituciones familiares incoada por el ciudadano FRANKLIN TOMÁS NAVARRO REYES contra la ciudadana ANA KARINA MAKAREM PEÑA. 2.- Se CONFIRMA en los términos expuestos la sentencia de fecha 22 de marzo de 2023, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con sede en Maracaibo, Estado Zulia.
Palabras clave
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