La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Antonio J. Guerrero Araujo en representación de Freddy Sánchez Fuentes, quien fue destituido del cargo de Juez Primero de Control. La decisión se basa en que el recurrente no consignó la publicación del cartel de emplazamiento dentro del plazo establecido por la ley, lo que llevó a la conclusión de un desistimiento tácito del recurso. La sentencia se firmó el 29 de mayo de 2003 y fue publicada el 3 de junio del mismo año.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia: “En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél. Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar de periódico donde hubiere sido publicado el cartel.” (Negrillas de la Sala). En el caso de autos ha quedado plenamente comprobado que en el lapso a que se refiere la norma transcrita, el recurrente no consignó la publicación del cartel expedido por el Juzgado de Sustanciación en fecha 04 de abril de 2001, según consta en la certificación que cursa en el expediente. Igualmente, se advierte que en las oportunidades que la parte accionante actuó en el expediente luego de la fecha de expedición del cartel, no alegó que por motivos ajenos a su voluntad se le hubiese imposibilitado el cumplimiento de la formalidad en referencia, lo que hubiese permitido a la Sala, como lo ha hecho en otras oportunidades, considerar la posibilidad de abrir un lapso probatorio, a los fines de que se demostrasen los motivos de fuerza mayor esgrimidos. Por tanto, resulta forzoso para esta Sala concluir que el recurrente desistió tácitamente del recurso en cuestión y así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Antonio J. Guerrero Araujo, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FREDDY SÁNCHEZ FUENTES, contra el “acto administrativo de efectos particulares contenido en la sentencia de fecha 12 de julio de 2000, dictada por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL que cursó en el expediente N° 0070-2000 llevado por dicha Comisión”, por medio del cual su representado fue destituido del cargo de Juez Primero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo.
Palabras clave
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