Sentencia N° 793 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de julio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00793, Exp. 2011-1276, 02/07/2015
Expediente2011-1276
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-07-01
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto del recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Econoinvest Factoring, C.A. contra la sentencia que declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar. La decisión se basa en que el asunto principal ya había sido resuelto en una sentencia anterior, lo que hace innecesario el estudio del recurso de apelación. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo había declarado sin lugar la demanda de nulidad y amparo cautelar contra la intervención administrativa dictada por la Superintendencia Nacional de Valores.

Extracto de la motiva

Ello así, advierte este Órgano Jurisdiccional que en virtud de la decisión Nro. 2012-0203 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 14 de febrero de 2012, donde se dio por terminado el juicio de la causa principal relacionada con el presente caso, la cual además fue conocida y decidida en apelación por esta Sala mediante sentencia Nro. 1341 de fecha 9 de octubre de 2014, y siendo que el objeto de este pronunciamiento se encuentra circunscrito al recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte accionante contra la decisión Nro. 2011-0778 de fecha 19 de mayo de 2011, también dictada por la referida Corte Segunda, que declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar realizada, resulta manifiesto para quien suscribe que decayó el objeto del recurso de apelación que ocupa la atención de esta Máxima Instancia, por cuanto no tendría sentido el estudio de la procedencia de un amparo cautelar, cuyo asunto principal ya ha sido resuelto (dado el carácter accesorio de las “pretensiones cautelares”, así como su indefectible vinculación a la causa principal). Advertido lo anterior, una vez constatada la firmeza de la sentencia definitiva Nro. 2012-0203 de fecha 14 de febrero de 2012, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que decidió sin lugar el recurso de nulidad incoado por la representación judicial de la sociedad mercantil Econoinvest Factoring, C.A., es forzoso declarar que ha decaído el objeto del recurso de apelación interpuesto en la presente causa. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de mayo de 2011, por el abogado Andrés Enrique Alfonzo, previamente identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ECONOINVEST FACTORING, C.A., contra la sentencia Nro 2011-0778 de fecha 19 de mayo de 2011, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar realizada contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 002-2010, dictada el 16 de septiembre de 2010 por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE VALORES, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.525, de fecha 6 de octubre de 2010, mediante la cual se acordó intervenir –entre otras– a la sociedad mercantil recurrente, por ser una empresa relacionada a Econoinvest Casa de Bolsa, C.A.

Palabras clave

apelaciónamparocontencioso administrativonotoriedad judicialdecisiónjurisprudencia

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