Sentencia N° 790 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de junio de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00790, Exp. 0872, 05/06/2002
Expediente0872
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-06-04
DecisiónDeclina la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la acción de nulidad del Decreto Ley Nº 419, que ordenó la supresión y liquidación del Instituto de Crédito Agrícola y Pecuario (ICAP). La Sala determinó que, dado el rango del acto impugnado, corresponde a la Sala Constitucional conocer y decidir sobre la nulidad por inconstitucionalidad del mencionado decreto. En consecuencia, declinó su competencia a la Sala Constitucional.

Extracto de la motiva

La acción procesal está concebida como el medio para acceder a la función jurisdiccional, siendo un derecho a la jurisdicción. En el caso presente, se solicita la nulidad del Decreto Ley Nº 419, que afecta los derechos laborales de los trabajadores del ICAP. La Sala Constitucional tiene la competencia exclusiva para declarar la nulidad de actos con rango de ley dictados por el Ejecutivo Nacional, lo que justifica la declinación de competencia de la Sala Político-Administrativa.

Dispositiva

Declina la competencia para conocer y decidir la presente causa en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Se ordena la notificación de la Procuradora General de la República y de la parte actora. Publíquese, regístrese. Remítanse las presentes actuaciones junto con oficio a la mencionada Sala. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

nulidaddecreto leycompetenciaICAPderechos laboralesinconstitucionalidadacción procesal

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