Sentencia N° 789 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de diciembre de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00789, Exp. 2013-1634, 05/12/2019
Expediente2013-1634
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2019-12-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la Sucesión de Ivonne Amalia Olivero de Cantón, contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo que impuso una sanción de multa y liquidó intereses moratorios. Se argumenta que la Administración Tributaria no notificó adecuadamente a la Sucesión sobre la contravención, lo que vicia el acto administrativo. Además, se determina que la acción de la Administración para exigir el cobro de la multa y los intereses había prescrito, por lo que se revoca la sanción impuesta.

Extracto de la motiva

(…) este Juzgador observa que la controversia queda circunscrita a determinar en el presente caso: a) violación del derecho a la defensa de la Sucesión al no serle notificada una supuesta contravención; b) la prescripción de la supuesta diferencia de multa en la cantidad de Bs.12.466.630,00 y de los intereses moratorios por Bs.30.759.077,00 que la Administración pretende cobrar mediante el acto impugnado y, por tanto, la improcedencia de los mismos y, c) las circunstancias atenuantes contenidas en los numerales 2, 3 y 6 del artículo 96 del Código Orgánico Tributario. (…) Sobre la violación del derecho a la defensa (…) (…) en el presente caso alega la contribuyente que de conformidad con el contenido en el numeral 1 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se le ha debido notificar en el acta de reparo a los integrantes de la Sucesión, que se les pretendía aplicar sanción por una supuesta contravención, a los fines de que los mismos pudieran ejercer plenamente su derecho a la defensa, por lo que en consecuencia el acto se encuentra viciado de nulidad absoluta en lo que se refiere a la imposición de multa por la supuesta infracción del artículo 97 del Código Orgánico Tributario de 1994, todo ello de conformidad con lo establecido 25 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con en el numeral 1 del artículo 19 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. (…) Así, en el caso que nos ocupa se observa en el acto administrativo signado con el número RCA-DSA-2006-000176 de fecha 21 de junio de 2006 que a la mencionada Sucesión, les fue notificada en fecha 01 de marzo de 2006, el Acta de Reparo Nº RCA-DFAV2004-4418-000084 de igual fecha, en la cual la Administración Tributaria constató un incremento en el Patrimonio Hereditario en la cantidad ahora expresada de Bs. 62.967,27 de acuerdo con el siguiente cuadro demostrativo: (…) También observa este Sentenciador que en la señalada Acta Fiscal se le participa a la contribuyente que dentro del lapso de quince (15) días hábiles de notificada podrá acogerse a lo dispuesto en los artículos 185 y 186 del Código Orgánico Tributario vigente, que establece la presentación de la declaración omitida o rectificada la presentada y pagar el impuesto resultante, así como la multa correspondiente al diez por ciento (10%) del tributo omitido, conforme a lo dispuesto en el artículo 111, Parágrafo Segundo del señalado Código. (…) Ahora bien, observa quien decide que la SUCESIÓN OLIVERO DE CANTON IVONNE AMALIA, reconoce en su escrito recursivo haber cancelado el impuesto del tributo omitido fuera del plazo establecido en el artículo 185 del Código Orgánico Tributario vigente, cuando señala que: ‘Si bien es cierto que el pago del tributo omitido se realizó un día después de los quince (15) días establecidos en el artículo 185 del Código Orgánico Tributario, es evidente que la sucesión Ivonne Amalia Olivero de Cantón tuvo la intención de allanar…”, " ,

Dispositiva

Se declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la SUCESIÓN DE OLIVERO DE CANTÓN IVONNE AMALIA contra la Resolución Nº RCA-DSA-2006-000176 de fecha 21 de junio de 2006.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanción de MultaIntereses MoratoriosPrescripción

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