El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre la inhibición planteada por la Jueza Ingrid Cancelado Ruiz en un recurso contencioso tributario. La Jueza alegó su inhibición debido a que había emitido una resolución en el caso en cuestión, lo que comprometía su imparcialidad. La Sala determinó que la inhibición era procedente y que correspondía a esta Sala conocer de la incidencia.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala determinar, de conformidad con los elementos de autos, si la inhibición planteada es procedente. En este orden de ideas, se observa que la presente inhibición la declaró la Jueza Titular del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, abogada Ingrid Cancelado Ruiz, fundamentándose en que ella emitió la Resolución N° GJT-DRAJ-A-2002-3896 de fecha 06 de diciembre de 2002, en su condición de Gerente Jurídico Tributario (E) del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); acto administrativo éste contra el cual fue interpuesto un recurso contencioso tributario por el contribuyente Armando García, recayendo dicha causa en el Tribunal donde actualmente la referida abogada ejerce funciones de Jueza Titular, en razón de lo cual estimó que se encuentra incursa en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. La inhibición es un deber y un acto procesal del juez, mediante el cual decide separarse voluntariamente del conocimiento de una causa, por considerar que existen circunstancias que en forma suficiente, son capaces de comprometer su imparcialidad para juzgar.
Dispositiva
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la presente incidencia de inhibición. 2.- CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada INGRID CANCELADO RUIZ, en su condición de Jueza Titular del Tribunal Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el Auto de fecha 13 de enero de 2006, expediente N° AF43-U-2000-000003, para conocer del recurso contencioso tributario interpuesto subsidiariamente con el recurso jerárquico por el contribuyente ARMANDO GARCÍA.
Palabras clave
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