El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por Pepsi-Cola Venezuela, C.A. contra la sentencia N° 2772 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, que declaró inadmisible el recurso contencioso tributario por extemporáneo. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que el recurso fue presentado fuera del lapso legal establecido para su interposición, y que la notificación realizada por la Administración Tributaria cumplió con los requisitos legales necesarios.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la pretensión principal de la representación judicial de la contribuyente, que subyace a las denuncias de incongruencia formuladas hacia el fallo apelado y que procuran su nulidad, es la declaratoria de admisibilidad del recurso contencioso tributario, el cual fue declarado inadmisible por el a quo; por tal motivo, siendo que existe una estrecha vinculación entre la reclamación de la parte actora y lo declarado por el Tribunal de instancia, se resolverá la admisibilidad del recurso y en función de ello comprobará si se incurrió en el vicio denunciado. La Sala aclara que en fecha 17 de octubre de 2012, mediante sentencia interlocutoria 2768, el Tribunal a quo declaró “improcedente in limine litis la solicitud de amparo constitucional” ejercidas conjuntamente con el recurso contencioso tributario, decisión esta que al no haber sido apelada en su oportunidad queda firme dicho pronunciamiento.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad de comercio PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A. contra la sentencia N° 2772, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central el 30 de octubre de 2012. 2.- Se CONFIRMA, en los términos expuestos, el fallo objeto de apelación que declaró INADMISIBLE el recurso contencioso tributario conjuntamente con solicitud de amparo cautelar incoado contra la Resolución N° 090-2012, de fecha 16 de abril de 2012, dictada por el MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA.