DecisiónORDENA la notificación de la ciudadana Grecia Dhurillys Coronado
Resumen
La abogada Grecia Dhurillys Coronado interpuso una demanda de nulidad contra un acto administrativo que la destituyó de su cargo como Jueza. La Sala Político-Administrativa del TSJ revisó el expediente y observó que habían transcurrido más de ocho años sin que la demandante impulsara el proceso. En consecuencia, se ordenó la notificación a la demandante para que manifestara su interés en continuar con la causa.
Extracto de la motiva
Correspondería a este Alto Tribunal emitir pronunciamiento con relación a la demanda de nulidad interpuesta el 1° de febrero de 2001 por la abogada Grecia Dhurillys Coronado, actuando en su propio nombre, contra el acto administrativo s/n del 8 de noviembre de 2000, dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, por medio del cual se le destituyó del cargo de Jueza de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. No obstante, revisadas las actas del expediente se observa que con posterioridad al 18 de octubre de 2007 (folio 153 del expediente judicial), oportunidad cuando la representación judicial de la parte accionante compareció al acto de informes y consignó escrito de conclusiones, hasta la presente fecha, han transcurrido más de ocho (8) años, sin que durante ese lapso la demandante hubiere realizado acto alguno de procedimiento a los fines de impulsar y mantener el curso del proceso. Ante esta circunstancia, la Sala trae a colación el criterio sentado en la decisión número 00075 del 23 de enero de 2003, en la cual se estableció que cuando el justiciable estime insatisfechos sus derechos, puede acudir a los órganos jurisdiccionales para solicitar la tutela judicial a su pretensión (esto es, cuando tenga interés procesal para accionar). Se trata del denominado derecho de acción procesal, consagrado y garantizado expresamente en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (Vid., sentencia de esta Sala Político-Administrativa número 00099 del 29 de enero de 2014).
Dispositiva
Con fundamento en las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la notificación de la ciudadana Grecia Dhurillys Coronado, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos su notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa. Transcurrido dicho lapso sin que la parte demandante manifieste su interés en que se decida la causa, esta Máxima Instancia dictará el pronunciamiento correspondiente.
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