Sentencia N° 783 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de julio de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00783, Exp. 2012-0509, 04/07/2012
Expediente2012-0509
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2012-07-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la contribuyente GONZÁLEZ Y BOLÍVAR, C.A. contra la sentencia interlocutoria Nº 006/2012, que había declarado improcedente la suspensión de efectos del Acta de Intimación de Pagos de Derechos Pendientes. La Sala argumentó que no se cumplían los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar solicitada, específicamente el periculum in damni, ya que la contribuyente no presentó pruebas suficientes que demostraran el daño inminente que podría sufrir con la ejecución del acto administrativo impugnado.

Extracto de la motiva

De la disposición antes transcrita, se observa, por una parte que la suspensión de los efectos del acto recurrido en materia tributaria, no ocurre en forma automática con la interposición del recurso contencioso tributario (como sucedía con los Códigos Orgánicos Tributarios de 1982, 1992 y 1994) sino que, por el contrario, debe considerarse como una medida cautelar que el Órgano Jurisdiccional puede decretar a instancia de parte. Por otra parte se evidencia, para la procedencia de la medida cautelar de suspensión de efectos, el cumplimiento de ciertas exigencias, que conforme con el texto de la norma se refieren a ‘… que su ejecución pudiera causar graves perjuicios al interesado, o si la impugnación se fundamentare en la apariencia de buen derecho…’. De este modo, la interpretación literal del texto transcrito supra, permite afirmar, en principio, la posibilidad de que los requisitos para decretar la medida cautelar en materia tributaria no sean concurrentes; ese era el criterio sostenido hasta la fecha por este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario. Sin embargo, vista la interpretación hecha por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 00607 de fecha tres 3 de junio de dos mil cuatro 2004, Caso: Deportes El Marquez, C.A, conforme a la cual estableció lo que se transcribe parcialmente a continuación: (Sic.)

Dispositiva

Por las razones expresadas, la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la contribuyente GONZÁLEZ Y BOLÍVAR, C.A., contra la sentencia interlocutoria Nº 006/2012, dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas en fecha 12 de enero de 2012, la cual SE CONFIRMA. Se condena en costas procesales a la contribuyente, calculadas en el equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, de conformidad con lo previsto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario de 2001.

Palabras clave

suspensiónmedida cautelarderecho tributarioprocedimiento administrativotribunalesderechos del contribuyente

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