Sentencia N° 78 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de enero de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00078, Exp. 13908, 23/01/2002
Expediente13908
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2002-01-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, abordó el recurso de nulidad interpuesto por el Fiscal General de la República contra la Resolución Nº 150 del Consejo de la Judicatura. Se argumentó que la nulidad se fundamentó en normas derogadas por la nueva Constitución y el Código Orgánico Procesal Penal, lo que llevó a la conclusión de que no había materia sobre la cual decidir. Por lo tanto, se declaró que no hay materia sobre la cual decidir respecto al recurso presentado.

Extracto de la motiva

Visto el escrito recursorio presentado, así como su fundamentación, se observa claramente, tal como lo señaló la Fiscal Melanie Bendahan en su escrito de fecha 28 de septiembre de 2000, que la nulidad de la Resolución Nº 150 dictada por el extinto Consejo de la Judicatura se fundamentó en normas derogadas por cuerpos normativos recientes, tales como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal, y que garantizan sistemas de funcionamiento administrativo de tribunales así como de distribución de causas distintos a los que venían desarrollándose de conformidad con la ya mencionada Resolución Nº 150, razón por la cual, considera esta Sala, tal como lo señaló la Fiscal Melanie Bendahan, que no hay materia sobre la cual decidir. Así se declara.

Dispositiva

En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, con relación al recurso de nulidad intentado por el Fiscal General de la República, ciudadano IVÁN DARÍO BADELL GONZÁLEZ, contra la resolución Nº 150 de fecha 01 de marzo de 1995, dictada por el extinto Consejo de la Judicatura.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadConsejo de la JudicaturaCódigo Orgánico Procesal PenalConstituciónSala Político-Administrativarecursodecisión

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