Sentencia N° 779 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de agosto de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00779, Exp. 1990-7581, 10/08/2023
Expediente1990-7581
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-08-10
DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés procesal

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en la demanda de nulidad interpuesta por HOTELES DORAL, C.A. contra una resolución del Ministerio del Poder Popular de Petróleo. Se argumenta que han transcurrido más de 30 años sin que la parte actora haya realizado actuación alguna para continuar con el proceso, a pesar de las notificaciones realizadas para que manifestara su interés en la causa. La decisión se fundamenta en la falta de interés procesal, lo que lleva a la extinción de la acción.

Extracto de la motiva

Conforme al criterio jurisprudencial transcrito, la pérdida del interés debe ser declarada cuando la inactividad procesal se produce antes de la admisión o a partir del momento en que la causa entre en estado de sentencia; mientras que la perención de la instancia supone que la paralización se verifique luego de la admisión y hasta la oportunidad en que se dice “Vistos”, exclusive, y comienza el lapso para dictar la sentencia de mérito. Ahora bien, de la revisión del presente expediente se constata que la presente demanda fue ejercida el 3 de octubre de 1990; y por auto de fecha 8 de agosto de 1991, se dejó constancia que terminó la relación de este juicio y se dijo “Vistos”. Igualmente, se evidencia que desde el 3 de abril de 1991, oportunidad en la que el apoderado de la sociedad mercantil antes identificada, consignó escrito donde ratificó la “(…) solicitud de que este recurso sea tramitado como asunto de mero derecho, y decidido, sin relación ni informes (…)”, hasta la presente fecha, han transcurrido más de treinta y un (31) años sin que durante ese lapso se hubiese realizado actuación alguna de esa representación, tendente a que se dicte la decisión correspondiente; razón por la cual esta Sala con la finalidad de resguardar el derecho a la tutela judicial efectiva, por sentencia número 00201 del 30 de junio de 2022, solicitó la manifestación del interés de la parte actora en que se decidiera la causa, concediéndole un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que constase en el expediente su notificación. De igual modo, en el referido fallo se dejó expresamente establecido que transcurrido el prenombrado lapso sin que hubiese manifestado su interés, este Alto Tribunal dictaría el pronunciamiento correspondiente. En este sentido, consta del expediente judicial la diligencia realizada por el Alguacil de esta Sala en fechas 28 de septiembre y 15 de noviembre de 2022 y 4 de julio de 2023, donde dejó constancia de haber realizado satisfactoriamente las notificaciones al Ministerio del Poder Popular de Petróleo, a la Procuraduría General de la República y a la sociedad mercantil accionante, respectivamente, observándose que el 1° de agosto de 2023 del corriente año venció el lapso concedido a la parte actora para manifestar su interés en la continuación del juicio, sin que hasta la presente fecha conste en autos respuesta alguna. En consecuencia, dado que en el caso bajo análisis la parte actora fue debidamente notificada a fin de que manifestara su interés en la demanda, y habiendo vencido el lapso otorgado para su comparecencia sin que hubiese acudido ante esta instancia jurisdiccional, conforme a los criterios jurisprudenciales aludidos, los cuales se fundamentan en e

Dispositiva

Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Oscar Vila Masot, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil HOTELES DORAL, C.A., contra la Resolución número 188 de fecha 14 de junio de 1990, emanada del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PETRÓLEO.

Palabras clave

interés procesalnulidadacción judicialperencióntutela judicialinactividad procesal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca