DecisiónAnula los actos procesales realizados con posterioridad al 16 de febrero de 2007
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de la sentencia N° 111/2007, que declaró parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario interpuesto por Distribuidora Rower C.A. contra una sanción impuesta por el SENIAT. La Sala determinó que la Administración Tributaria había violado el derecho a la defensa al no notificar adecuadamente al SENIAT sobre la admisión de pruebas, lo que generó una situación de indefensión para el Fisco Nacional.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el Tribunal de instancia omitió notificar a la representación judicial de la República del auto de admisión de las pruebas promovidas por la contraparte, en cuya acta se fijó la oportunidad para la evacuación de la inspección judicial solicitada, la cual tuvo lugar en la sede de la contribuyente sin la presencia de la representación del Fisco Nacional. En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PROCEDE la consulta. 2.- ANULA los actos procesales realizados con posterioridad al 16 de febrero de 2007, exclusive, oportunidad en que el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas admitió las pruebas promovidas por la apoderada judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ROWER C.A.; en consecuencia, REPONE la causa al estado de que se ordene la notificación al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), actuando en sustitución de la Procuraduría General de la República, y se fije nueva oportunidad para la práctica de la inspección judicial promovida.
Dispositiva
1.- PROCEDE la consulta. 2.- ANULA los actos procesales realizados con posterioridad al 16 de febrero de 2007, exclusive, oportunidad en que el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas admitió las pruebas promovidas por la apoderada judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ROWER C.A.; en consecuencia, REPONE la causa al estado de que se ordene la notificación al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), actuando en sustitución de la Procuraduría General de la República, y se fije nueva oportunidad para la práctica de la inspección judicial promovida.