La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda por abstención interpuesta por Gonzalo José Matie Parra contra la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). El juzgado remitente había declarado su incompetencia para conocer el caso, lo que llevó a la Sala a aceptar la competencia. Sin embargo, la demanda fue declarada inadmisible debido a la caducidad de la acción, ya que el demandante no actuó dentro del plazo establecido por la ley para reclamar.
Dispositiva
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, para conocer la demanda por abstención interpuesta por el ciudadano GONZALO JOSÉ MAITE PARRA, asistido por los abogados José Rafael Alonzo López y Carmen Eneida Parra Osorio, contra la COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL), adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información. 2.- INADMISIBLE la referida demanda por abstención.