Sentencia N° 776 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de julio de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00776, Exp. 2015-0298, 26/07/2016
Expediente2015-0298
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2016-07-26
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Colegio Universitario Fermín Toro, C.A. contra una sentencia que declaró consumada la perención y extinguida la instancia. La apelación fue considerada desistida por falta de fundamentación, ya que la parte apelante no presentó el escrito requerido dentro del lapso legal establecido. La Sala destacó la importancia de cumplir con las formalidades procesales para la admisión de recursos de apelación.

Extracto de la motiva

La norma antes transcrita establece la carga procesal para la parte apelante de presentar, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente en la Alzada, un escrito en el cual se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de fundamentación de la apelación el desistimiento tácito de la misma. Visto lo anterior, esta Máxima Instancia verifica en el caso bajo examen que mediante auto del 14 de junio de 2016, la secretaría de la Sala dejó constancia del cómputo que evidencia el vencimiento del lapso que disponía la parte apelante para cumplir con la obligación de consignar el escrito de fundamentación de la apelación (folio 316). Así, quedó demostrado que desde la fecha en que se dio cuenta del ingreso del expediente, exclusive, hasta el día en que venció el lapso establecido en el auto de fecha 24 de marzo de 2015, inclusive, transcurrieron cuatro (4) días continuos en razón del término de la distancia correspondientes a 25, 26, 27 y 28 de marzo de 2015, más un lapso de diez (10) días de despacho, a saber 7, 8, 9, 14, 15, 16, 21, 22, 23 y 28 de abril del mismo año, sin que la representación judicial de la sociedad mercantil Colegio Universitario Fermín Toro, C.A. presentase su escrito de fundamentación de la apelación.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos efectuados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación incoada por la representación judicial de la sociedad mercantil COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO, C.A., contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva Nro. 302/2010 dictada el 13 de octubre de 2010 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, que declaró consumada la perención y en consecuencia, extinguida la instancia, en el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 13 de febrero de 2007, la cual queda FIRME.

Palabras clave

desistimientoapelaciónperencióncontencioso tributario

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