Sentencia N° 776 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de junio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00776, Exp. 2011-0777, 01/07/2015
Expediente2011-0777
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-06-30
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara parcialmente con lugar el recurso de nulidad interpuesto por el Capitán (GNB) ROSEMBERG WLADIMIR RODRÍGUEZ MARTÍNEZ contra la Resolución N° 018482 del 27 de junio de 2011, que lo excluyó del listado para su ascenso al grado de Mayor. La Sala ordena al Ministro del Poder Popular para la Defensa realizar los trámites pertinentes para considerar nuevamente la procedencia del ascenso del recurrente, con antigüedad del 05 de julio de 2011.

Extracto de la motiva

Conforme se desprende del auto de admisión del recurso de nulidad, dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala el 28 de julio de 2011, la acción fue ejercida contra “la Resolución Nº 018482 de fecha 27-06-2011, firmada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa, mediante el cual se puede constatar fehacientemente que [el recurrente] no fue incluido en el listado para su ascenso superior inmediato de Mayor del citado componente”. (Sic). (Agregado de la Sala). Sin embargo, de la revisión del escrito recursivo se evidencia que el accionante también pretende obtener a través del ejercicio de la presente acción, la nulidad de los actos descritos a continuación: 1.- “Acto administrativo de trámite denominado Transcripción de conceptualización de Actas de Ascenso del Personal Militar, emanado de la Junta Permanente del Componente Guardia Nacional Bolivariana el día 16-06-2011 y la Resolución Nº 010898 de fecha 29-06-2009, firmada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa, mediante la cual se puede constatar fehacientemente que [su] representado no fue incluido en el listado para su ascenso al Grado de Mayor del citado componente”. 2.- “Acto administrativo de trámite denominado Transcripción de conceptualización de Actas de Ascenso del Personal Militar, emanado de la Junta Permanente del Componente Guardia Nacional Bolivariana el día 15-06-2011 y la Resolución Nº 014421 de fecha 28-06-2010, firmada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa, mediante la cual se puede constatar fehacientemente que [su] representado no fue incluido en el listado por segunda vez para su ascenso al Grado de Mayor del citado componente”. 3.-“Acto administrativo de trámite denominado Transcripción de conceptualización de Actas de Ascenso del Personal Militar, emanado de la Junta Permanente del Componente Guardia Nacional Bolivariana el día 15-07-2011 y la [referida] Resolución Nº 018482 de fecha 27-06-2011, firmada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa, mediante la cual se puede constatar fehacientemente que [su] representado no fue incluido en el listado para su ascenso superior inmediato de Mayor del citado componente”.

Dispositiva

1) INADMISIBLE el recurso de nulidad ejercido contra las Resoluciones números 010898 y 014421 de fechas 29 de junio de 2009 y 28 de junio de 2010, respectivamente, emanadas del Ministro del Poder Popular para la Defensa, por haber operado la caducidad de la acción. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de nulidad incoado por el ciudadano Capitán (GNB) ROSEMBERG WLADIMIR RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, contra la Resolución número 018482 de fecha 27 de junio de 2011, firmada por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, “mediante la cual se puede constatar fehacientemente que [su] representado no fue incluido en el listado para su ascenso superior inmediato de Mayor del citado componente”, en consecuencia: Se ORDENA al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa realice los trámites pertinentes de verificación de los hechos y errores advertidos en la motiva del presente fallo, a los fines que sea nuevamente considerada la procedencia del ascenso del ciudadano Capitán (GNB) ROSEMBERG WLADIMIR RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, al grado correspondiente “en la categoría de EFECTIVO, con antigüedad del 05 de julio de 2011”, supuesto en el cual deberá otorgársele la antigüedad y el cálculo de los sueldos, primas y todos los beneficios que corresponden a partir del 27 de junio de 2011, fecha de la Resolución impugnada. 3) Queda SIN EFECTO la medida cautelar innominada acordada por esta Sala en sentencia N° 00833 de fecha 10 de julio de 2012.

Palabras clave

recurso de nulidadascenso militarGuardia Nacional Bolivariana

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