Sentencia N° 776 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de julio de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00776, Exp. 2000-0729, 07/07/2004
Expediente2000-0729
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-07-06
DecisiónNo tiene materia sobre la cual decidir

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso de nulidad y una acción de amparo constitucional. Tras varios autos y la presentación de informes, se decidió que no había materia sobre la cual decidir en la acción de amparo cautelar, debido a que la acción principal había sido resuelta previamente. La sentencia fue dictada el 6 de julio de 2004.

Extracto de la motiva

Siendo la oportunidad para decidir la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con el recurso de nulidad, se observa, en primer término, que cursa en autos copia certificada de la sentencia Nº 567 dictada por esta Sala en fecha 2 de junio de 2004, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto contra el acto administrativo de fecha 10 de noviembre de 1999, mediante el cual el Inspector General de Tribunales le notificó su remoción del cargo que venía desempeñando como Inspector de Tribunales y, contra la Resolución Nro. DSP-DSA 001808 de fecha 09 de marzo de 2000, dictada conjuntamente por la suprimida Comisión de Emergencia Judicial, el extinto Consejo de la Judicatura y el Inspector General de Tribunales, en virtud de la cual se le informó la imposibilidad de reubicación, y por ende, su retiro del organismo, razón por la cual esta Sala, en virtud de haber sido resuelta la acción principal, declara que ciertamente se ha producido sobrevenidamente el decaimiento de la pretensión cautelar, y en consecuencia, declara no tener materia sobre la cual decidir en el presente caso. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara QUE NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR respecto a la acción de amparo cautelar a que se refiere el presente cuaderno de medidas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el presente cuaderno de medidas. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

acción de amparorecurso de nulidaddecisión cautelardecaimiento de la pretensióncomisión de funcionamientosistema judicialsentenciatribunal

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