Sentencia N° 775 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de mayo de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00775, Exp. 2002-0795, 23/05/2007
Expediente2002-0795
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-05-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Multinacional de Seguros, C.A. contra la Resolución N° 1.117 de fecha 15 de agosto de 2002, que confirmó la sanción impuesta por la Superintendencia de Seguros. La Sala concluye que la empresa incurrió en rechazo genérico al no explicar adecuadamente las razones de su negativa a emitir una carta aval por enfermedad preexistente, lo que contraviene el artículo 175 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros.

Extracto de la motiva

En virtud de que Multinacional de Seguros, C.A., emitió su posición de rechazo a la emisión de carta aval por considerar que la enfermedad era preexistente, a juicio de esta Superintendencia (…) expresó su pronunciamiento de no dar cobertura al asegurado con ocasión de la intervención que se practicaría por hernia umbilical padecida, por lo que resulta procedente pronunciarse sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros (…) En el presente caso se desprende de los alegatos y pruebas que reposan en el expediente que MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., una vez oída la solicitud de carta aval presentada por el asegurado procedió a emitir su pronunciamiento de rechazo basándose en lo dispuesto en el literal h) del artículo 14 del Condicionado General de la Póliza, en virtud de que consideró que la enfermedad padecida por éste era de procedencia preexistente.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, por la representación judicial de la sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., contra la Resolución N° 1.117 de fecha 15 de agosto de 2002 emanada del entonces MINISTRO DE FINANZAS (hoy, Ministerio del Poder Popular para las Finanzas). En consecuencia, se declara FIRME el acto recurrido.

Palabras clave

nulidadrecurso contencioso administrativocarta avalenfermedad preexistentesanción administrativarechazo genéricoLey de Empresas de SegurosSuperintendencia de Seguros

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