DecisiónExtinción de la instancia por pérdida de interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia resolvió la apelación interpuesta por CEBRA, S.A. contra la sentencia que declaró con lugar el recurso de nulidad de MATCOFER, S.A. La Sala constató la inactividad procesal de la parte actora, quien no manifestó interés en que se decidiera la apelación tras la notificación ordenada. Por lo tanto, se declaró extinguida la instancia, quedando firme la sentencia apelada.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala resolver la apelación incoada por la representación judicial de la sociedad mercantil Cebra, S.A., contra la sentencia Núm. 2010-0323 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo de fecha 10 de marzo de 2010, que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por la empresa MATCOFER, S.A. y anuló el Certificado de Registro Núm. 4259 de fecha 01 de octubre de 2002 emitido por la Dirección Nacional del Derecho de Autor adscrita al Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) que había otorgado protección legal de derecho de autor a la obra “Mango Cebra Azul”, propiedad de la apelante. No obstante, antes de entrar a emitir pronunciamiento alguno, se advierte lo siguiente: Mediante sentencia Núm. 01198 del 9 de noviembre de 2016 esta Máxima Instancia ordenó la notificación de la sociedad mercantil Cebra, S.A., para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que constara en el expediente la notificación, manifestara su interés en que decidiera la presente causa. En caso de no ser posible la misma, se ordenó la publicación del correspondiente cartel en la cartelera de esta Sala en lo mismos términos, con la advertencia que transcurrido dicho lapso sin que la parte manifestara su interés en que se decidiera la causa, esta Alzada dictaría el pronunciamiento correspondiente. De la revisión de las actas procesales se constata que el 22 de marzo de 2017, el alguacil consignó constancia en la cual manifiesta la imposibilidad de practicar la notificación de la sociedad mercantil Cebra, S.A. En consecuencia, el 5 de mayo del mismo año, se fijó boleta de notificación en la Secretaría de esta Sala; no evidenciándose que hasta la presente fecha la accionante hubiese manifestado su interés en que se decidiera la apelación.
Dispositiva
Por lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA POR PÉRDIDA DE INTERÉS en la presente apelación. En consecuencia, queda FIRME la sentencia apelada. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
extinción de instanciapérdida de interésrecurso de nulidad