Sentencia N° 773 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00773, Exp. 2003-0514, 03/06/2009
Expediente2003-0514
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-06-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por PFIZER contra la Resolución DM/N° 554 del 11 de junio de 2003, que declaró sin lugar el recurso jerárquico contra la Resolución N° 0498 del Registrador de la Propiedad Industrial. La Sala determinó que la resolución impugnada violaba el derecho de propiedad intelectual de PFIZER, pero desestimó la denuncia de violación al debido proceso, argumentando que el acto se dictó en cumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, que obligaba a dejar sin efecto la patente otorgada a la recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el cumplimiento de una sentencia dictada por un Tribunal Internacional no puede implicar que se dicte un acto administrativo con prescindencia total y absoluta de procedimiento, tal y como sucedió con la Resolución N° 0498, la cual fue dictada sin sustanciarse un procedimiento de anulación de patente, ni notificar a Pfizer. En consecuencia, solicitaron se declare la nulidad de la Resolución DM/N° 554 dictada por el Ministerio de Producción y el Comercio el 11 de julio de 2003.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido por la sociedad mercantil PFIZER RESEARCH AND DEVELOPMENT COMPANY N.V/S.A. (PFIZER), contra la Resolución DM/N° 554 de fecha 11 de junio de 2003, emanada el MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida sociedad mercantil, contra la Resolución N° 0498 dictada por el Registrador de la Propiedad Industrial el 29 de agosto de 2002. En consecuencia, queda FIRME el acto impugnado.

Palabras clave

nulidadpatentederecho administrativopropiedad intelectual

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