La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento de la demanda de nulidad interpuesta por el Procurador del Estado Lara contra el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. El desistimiento fue presentado por el abogado Alberto Ramón Pérez Isarza, quien argumentó que se realizaron reformas al reglamento que subsanaron los vicios denunciados en la demanda original. La Sala consideró que se cumplían los requisitos legales para proceder con la homologación del desistimiento.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo, para lo cual se le conced[ió] diez (10) IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 13 días de despachos contados luego de transcurridos los cuatro (4) días continuos por el término de la distancia (…)”. (Mayúsculas del y resaltado del original, agregados de la Sala). El 7 de agosto de 2023, se libraron los oficios números 3022 y 3023 dirigidos a la Procuraduría General de la República y al Procurador del estado Lara, a los efectos de notificarle acerca de la indicada decisión. En fecha 21 de noviembre de 2023, el Alguaci
Dispositiva
HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO planteado por el abogado Alberto Ramón Pérez Isarza, ya identificado, actuando con el carácter de PROCURADOR DEL ESTADO LARA, de la demanda de nulidad incoado contra el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno contenido en el Decreto número 7.306 del 9 de marzo de 2010, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.382 de la misma fecha.