La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 00297, declaró parcialmente con lugar la demanda por cumplimiento de contrato de concesión e indemnización por daños y perjuicios interpuesta por Ramón Eduardo López, actuando como Síndico Procurador del Municipio San Sebastián de los Reyes del Estado Aragua. La sentencia ordenó la devolución de bienes muebles e inmuebles relacionados con la concesión y condenó a los demandados al pago de diversas cantidades por cánones de arrendamiento y otros conceptos desde 1996 hasta 1999, además de la actualización monetaria correspondiente.
Extracto de la motiva
Mediante decisión de fecha 13 de abril de 2010, publicada el 14 del mismo mes y año bajo el N° 00297, esta Sala declaró parcialmente con lugar la demanda ejercida por el ciudadano Ramón Eduardo López, actuando con el carácter de Síndico Procurador del Municipio San Sebastián De Los Reyes del Estado Aragua, asistido de abogados, contra el ciudadano Francisco Pérez de León y la Sucesión del ciudadano Miguel Toro Alayón, todos antes identificados, por cumplimiento de contrato de concesión e indemnización por daños y perjuicios. En la aludida sentencia la Sala ordenó a la parte demandada pagar al mencionado Municipio las siguientes cantidades de dinero: a) Los cánones de arrendamiento generados desde el 23 de septiembre de 1996 al 20 de julio de 1999, a razón de Treinta y Cinco Mil Ochocientos Sesenta y Cinco Bolívares (Bs. 35.865,00), por año; actualmente expresados en la cantidad de Treinta y Cinco Bolívares con Ochenta y Siete Céntimos (Bs.35,87); b) Las cuotas mensuales por obra de interés social desde el 23 de septiembre de 1996 hasta el 20 de julio de 1999, a razón de Ocho Mil Bolívares (Bs. 8.000,00), actualmente expresadas en la suma de Ocho Bolívares (Bs. 8,00); c) La suma de Dieciocho Millones Quinientos Setenta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Seis Bolívares Con Diez Céntimos (Bs. 18.575.646,10), actualmente expresada en la cantidad de Dieciocho Mil Quinientos Setenta y Cinco Bolívares Con Sesenta y Cinco Céntimos (Bs. 18.575,65), por concepto del porcentaje de piedra extraída durante el período comprendido entre el 23 de septiembre de 1996 hasta el 20 de julio de 1999; d) La actualización monetaria de las cantidades a que se refieren los puntos 1.3.1, 1.3.2 y 1.3.3 conforme al Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.) del Área Metropolitana de Caracas.
Dispositiva
ORDENA NOTIFICAR al MUNICIPIO SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES, en la persona del Síndico Procurador Municipal, al Alcalde de dicho Municipio y a los ciudadanos Francisco Pérez de León y los herederos del ciudadano Miguel Toro Alayón (Miguel Toro García, Yolanda García de Toro, Yolanda Toro García de Bello, Cecilia Toro García de Quintero, Ricardo Toro García y Gonzalo Toro García), sobre la información suministrada por el Departamento de Estadísticas de Precios al Consumidor del Banco Central de Venezuela (B.C.V.) referida a la actualización monetaria sobre las cantidades indicadas “los puntos 1.3.1, 1.3.2 y 1.3.3” de la sentencia dictada por esta Sala en fecha 13 de abril de 2010, publicada el día 14 de ese mismo mes y año bajo el Nº 00297, para que en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que consten en autos las notificaciones ordenadas, manifiesten lo que estimen conducente con relación a la experticia complementaria del fallo realizada.
Palabras clave
contrato de concesiónindemnizacióndaños y perjuicios